Siete meses después del anuncio a trámite por parte del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, ha sido aprobado, el pasado 01 de septiembre, el Anteproyecto de Ley por el que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoria de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
¿CUÁL ES EL OBJETIVO PRINCIPAL DEL ANTEPROYECTO?
La transposición de la Directiva 2014/95/UE de Información no financiera y diversidad de la Comisión Europea modificará el artículo 49 del Código de Comercio y los artículos 252 y 540 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoria de Cuentas, con el objetivo de aumentar la información no financiera del informe de gestión de cuentas anuales consolidadas, aportando información sobre cuestiones sociales, medioambientales, del personal, del respeto a los derechos humanos y de la lucha contra la corrupción. Además, se amplía el contenido exigido en el informe anual de gobierno corporativo que publican las sociedades anónimas cotizadas.
¿QUE INFORMACIÓN DEBERÁN DE FACILITAR LAS EMPRESAS?
En cuestiones ambientales , la Directiva Europea señala que las Empresas deberán facilitar información detallada sobre los impactos ambientales actuales y previsibles, derivados de la actividad de la misma, y en su caso, sobre la salud y la seguridad laboral, las emisiones de gases de efecto invernadero, el uso de la energía, consumo del agua y contaminación atmosférica.
En cuestiones relativas al personal y en materia social, la información será sobre las políticas adoptadas para garantizar la igualdad de genero, respeto a las condiciones de trabajo, respeto a los derechos sindicales, seguridad en el lugar de trabajo, etc.
¿EN QUÉ DEBEN DE BASARSE LAS EMPRESAS?
- Número medio de los trabajadores durante el ejercicio superior a quinientos.
- Que durante dos ejercicios consecutivos reúna al menos dos de las siguientes circunstancias:
- Que el total de las partidas del activo sea superior a veinte millones de euros.
- Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los cuarenta millones de euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250.
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