Legislación y etiquetado de productos ecológicos

Los productos ecológicos están cada vez más presentes en los supermercados y en nuestra dieta, por lo que es muy importante conocer la regulación que existe para ellos.

Estos productos se regulan a través de una legislación específica en la que se definen las técnicas adecuadas para su producción, procedencia y cría de las materias primas, así como la información obligatoria de su etiquetado, etc. Esta información se puede consultar en:

  • REGLAMENTO (CE) No 834/2007 DEL CONSEJO de 28 de junio de 2007 sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 2092/91.
  • REGLAMENTO (CE) no 889/2008 DE LA COMISIÓN de 5 de septiembre de 2008 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control.

Se podría considerar un producto como ecológico cuando los métodos empleados para su producción, preparación y distribución siguen los principios marcados por los reglamentos anteriormente mencionados. Como norma general, se prohíbe la utilización de OMG (Organismos Modificados Genéticamente) y las radiaciones ionizantes. Además se aplican unas normas específicas para la producción de: vegetales, algas, ganadera, acuícola y piensos.

En cuanto al etiquetado , cada vez son más los productos que emplean la denominación comercial “ECO” y “BIO” para publicitarse. El etiquetado y publicidad de los productos ecológicos debe hacer referencia a métodos de producción ecológica e incluir información que no lleve a engaño al consumidor sin emplear términos de marcas registradas. Por ejemplo, no podrán emplear esta denominación productos en cuyo etiquetado o publicidad se declare que contiene OMG, está compuesto de OMG o se produce a partir de OMG.

Del mismo modo deberán incluir la información obligatoria específica para estos productos, a saber: El código de identificación del organismo de control responsable de la producción, el logotipo comunitario y la indicación del lugar en que se hayan obtenido las materias primas agrarias empleando el logotipo «Agricultura UE» o «Agricultura no UE» según proceda.

Es muy importante conocer la regulación y etiquetado ya que cada vez más productos transformados tradicionales quieren adaptarse a este nuevo mercado, por tanto es necesario saber cómo etiquetar debidamente un producto con denominación ecológica.

En el reglamento se establecen los siguientes requisitos para el empleo de la denominación ecológica  en la denominación de venta o en la lista de ingredientes:

  • En la lista de ingredientes: Siempre que los alimentos cumplan con las normas de producción, indicando siempre qué ingredientes son de origen ecológico.
  • En la denominación de venta: Si los alimentos cumplen con la normativa o al menos el 95 %, expresado en peso, de los ingredientes de origen agrarios son ecológicos.
  • En ambos sitios: Cuando el ingrediente principal sea un producto de la caza o la pesca o contenga otros ingredientes de origen agrario que sean ecológicos en su totalidad

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2018-05-16T12:55:38+02:00 © AMBICAL, todos los derechos reservados. 21 mayo 2018|

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