Reglamento (UE) 2017/2158 para reducir la presencia de acrilamida en alimentos

En abril de 2018 será de aplicación el reglamento (UE) 2017/2158 de la comisión de 20 de noviembre de 2017, por el que se establecen medidas de mitigación y niveles de referencia para reducir la presencia de acrilamida en los alimentos.

Tal y como se define en el reglamento la acrilamida es un compuesto orgánico de bajo peso molecular y muy soluble en agua, que se forma a partir de asparagina y azúcares, componentes que aparecen de forma natural en determinados alimentos cuando se elaboran a temperaturas generalmente superiores a 120 °C y con bajo nivel de humedad. Se forma principalmente en alimentos ricos en hidratos de carbono, horneados o fritos, con materias primas que contienen sus precursores, como cereales, patatas y granos de café. Siguiendo esta definición la acrilamida es un contaminante y, como tal, constituye un peligro químico en la cadena alimentaria.

Los niveles de acrilamida pueden reducirse mediante un enfoque de mitigación, como la aplicación de prácticas de higiene correctas y de procedimientos basados en los principios del análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC).

Para comprobar el cumplimiento de los niveles de referencia, debe verificarse la eficacia de las medidas de mitigación mediante muestreo y análisis así como establecer un plan de aviso a las autoridades si los valores son altos.

Por otro lado deberán adaptar sus planes de autocontrol aquellas industrias que fabriquen:

  • Patatas fritas, otros productos cortados fritos y patatas fritas a la inglesa (chips) fabricadas con patatas frescas.
  • Patatas fritas a la inglesa (chips), productos de aperitivo, galletas saladas y otros productos a base de masa de patatas
  • Pan
  • Cereales para el desayuno
  • Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería; galletas, biscotes, barritas de cereales, scones, cucuruchos, barquillos, panecillos de levadura y pan de especias, así como galletas saladas, panes crujientes y sucedáneos de pan.
  • Café: Café tostado y café instantáneo (soluble) y sucedáneos de café.
  • Alimentos infantiles y alimentos elaborados a base de cereales destinados a lactantes y niños de corta edad.

En AMBICAL venimos realizando desde hace años, planes de análisis para el autocontrol enfocando y adpatando cada plan a las necesidades reales de cada Cliente, si tu Empresa produce alimentos sujetos al nuevo reglamento ¡contáctanos y te asesoramos sin compromiso!

2018-01-27T18:51:23+02:00 © AMBICAL, todos los derechos reservados. 17 enero 2018|

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