Descripción
A lo largo de toda la cadena alimentaria, se producen niveles significativos de pérdidas y desperdicio alimentario, desde la producción hasta el consumo. Estas pérdidas, perjudican al conjunto de la sociedad porque encarece el uso de bienes de primera necesidad, malgasta los recursos naturales limitados, incrementa los residuos, y hace menos eficiente el sector productivo.
En 2025 se aprobó la Ley 1/2025 de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, la primera norma estatal directamente orientada a prevenir el desperdicio de alimentos en España, estaba prevista su entrada en vigor a partir del mes de abril 2025 pero finalmente se decidió conceder un año de adaptación para todas las empresas obligadas, finalmente su entrada en vigor será en abril 2026.
En general, la norma afecta “a todos los operadores económicos de la cadena alimentaria”: producción primaria, transformación, distribución, comercio minorista, hostelería, restauración colectiva, y entidades que donen o redistribuyan alimentos.
La ley introduce múltiples obligaciones según el tipo de actor (supermercados, comercios, hostelería, producción, donación, etc.). Entre las más relevantes:
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Prioridad en una jerarquía para el uso de alimentos: primero prevención del desperdicio; si no puede evitarse, redistribución para consumo humano; luego, alimentación animal; luego usos industriales; compostaje / valorización energética; y como último recurso, eliminación.
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Los supermercados (especialmente los grandes), distribuidoras y comercios deben gestionar correctamente los excedentes: venta de productos “imperfectos/feos”, venta de productos con fechas próximas a consumo, promover donaciones antes de desechar, etc.
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Hostelería, bares, restaurantes, cafeterías… deben ofrecer al cliente la posibilidad de llevarse las sobras que no consuma, mediante envases reutilizables o reciclables, sin coste adicional.
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Se exige la elaboración de “planes de prevención de pérdidas y desperdicio alimentario” para los operadores, un instrumento estructural para prevenir el desperdicio en la cadena.
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La norma también regula la donación: facilitar que los excedentes aptos para consumo puedan redistribuirse legalmente a organizaciones benéficas, bancos de alimentos u otros fines sociales, con garantías.








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