El proyecto parte de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), pretende incorporar los criterios de control recogidos en el Reglamento (UE) nº 2017/625, del Parlamento Europeo y del Consejo, poniendo especial atención en la toma de muestras y los análisis de las mismas. También buscan abordar el control y la toma de muestras de productos comercializados por medios a distancia, así como los requisitos aplicables a los laboratorios oficiales y los Laboratorios Nacionales de Referencia, según se establecen en el mencionado Reglamento.
Asimismo, se pretende establecer la comunicación al público en caso de incidentes o situaciones de riesgo para la salud humana, animal, vegetal o para el medio ambiente, así como las posibles medidas a adoptar en situaciones de sospecha o constatación de incumplimiento de la normativa o en situaciones de riesgo.
Los controles oficiales
- Los controles oficiales se realizarán conforme a Planes de Control Oficial (PNCOCA, autonómicos, municipales…).
- Los controles oficiales podrán realizarse mediante control in situ al establecimiento o mediante control oficial a distancia, Controles para determinar aptitud para el consumo que no requieran la remisión de muestra a un laboratorio oficial (mataderos).
Controles oficiales de aptitud para consumo humano sobre productos
- En caso de dictamen desfavorable se procederá a intervenir la mercancía
- Cuando el operador no esté conforme:
- Plazo de cuarenta y ocho horas a partir del control
- Otro agente de control oficial, al menos igual jerarquía que el primero
- Posibilidad de designar perito de parte.
Transparencia y confidencialidad sobre los controles y otras actividades oficiales
Se hará público:
- El Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) y planes autonómicos
- El Informe anual de resultados del PNCOCA
Toma de muestras y análisis
- Operador tendrá derecho a un segundo dictamen pericial.
- Gastos derivados, pagados por el operador.
- Obliga a una revisión documental del muestreo, análisis, ensayo o diagnóstico.
- Revisión documental, por un experto reconocido y con las cualificaciones adecuadas
Además de la revisión documental:
- Cuando sea pertinente, adecuado y técnicamente viable, suficiente muestra para el segundo dictamen pericial y para la revisión del artículo
- Si no fuera posible, se informará al operador.
Como te puede ayudar AMBICAL
– Contraanálisis ante tomas de muestras oficiales por cualquier Administración Pública.
– Asesoría ante actas de Sanción o propuesta de Sanción por cualquier motivo sanitario o comercial-consumo.
– Revisión y validación previa de textos legales de etiquetados de alimentos.