¡Próximamente, el nuevo Reglamento de instalaciones contra incendios!

La revista AENOR comunica que el nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI) entrará en vigor el 12 de diciembre de este mismo año.

Se cita algunas de las novedades que nos podemos encontrar a lo largo de este:

  • Recoge nuevos sistemas (control de humos, agua nebulizada, aerosoles condensados,…)
  • Duplica la relación de normas UNE
  • Exige a empresas instaladoras y mantenedoras un técnico contratado y un sistema de gestión de calidad certificado
  • Actualiza el listado de normas de aplicación de los componentes y sistemas, concretando las características de uso de algunos de ellos

En cuanto a la estructura del RIPCI se puede observar dos partes: la primera, que comprende el reglamento propiamente dicho; y la segunda, que recoge los tres anexos con las disposiciones técnicas. En el primer anexo se establece las exigencias relativas al diseño e instalación de los equipos y sistemas de protección contra incendios; el segundo, donde se fija el mantenimiento de estos; y el tercero, que define los medios humanos mínimos con los que han de contar las empresas instaladoras mantenedoras.

Plasmamos un breve resumen por capítulos, con sus novedades respectivas:

  • Capítulo I: se define el objeto y el ámbito de actuación. NOVEDAD: se incluye el diseño de las instalaciones
  • Capítulo II: se establece los requisitos de calidad y el protocolo de control de productos en el mercado, conforme a la Ley de Industria. NOVEDAD: marca de conformidad con normas y, además, dispone de una evaluación técnica favorable
  • Capítulo III: requisitos que han de cumplir las empresas instaladoras y mantenedoras. NOVEDAD: se destaca la necesidad de tener contratado un técnico competente y de disponer de un certificado de gestión de calidad.
  • Capítulo IV: requisitos que se deben de cumplir para llevar a cabo una instalación. NOVEDAD: se regula todo el proceso
  • Capítulo V: NUEVO CAPÍTULO, donde se establece las inspecciones periódicas a las que se han de someter las instalaciones de protección contra incendios
  • Capítulo VI: bases del régimen sancionador conforme a la Ley de Industria. NOVEDAD: se establecen las disposiciones adicionales para adaptar el reglamente a la directiva de servicios
  • Capítulo VI: establece el régimen sancionador conforme a la Ley de Industria. NOVEDAD:  fija las disposiciones adicionales para adaptar el reglamento a la directiva de servicios. También establece unas disposiciones transitorias para los plazos de aplicación de, entre otras cosas, las inspecciones y calidad de los productos.

Si estás interesado en más información sobre el RIPCI, no dudes en contactarnos, nuestros Consultores expertos te asesorarán y proporcionarán la información que necesites.

 

 

 

2018-01-27T18:51:24+01:00 © AMBICAL, todos los derechos reservados. 23 agosto 2017|

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