Requisitos de la RD 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases

Las empresas que venden su producto en envase tienen hasta fin de mes para inscribirse en el Registro de Productores

El Real Decreto fue aprobado el 27 de diciembre y establece distintos plazos para dar cumplimiento a las nuevas obligaciones que tienen las empresas envasadoras.

Las empresas envasadoras tienen hasta el próximo 29 de marzo para inscribirse en el Registro de Productores de Producto, sección envases del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, según establece el Real Decreto 1055/2022 (LA LEY 26878/2022) de envases y residuos de envases que obliga a declarar los envases que cada una pone en el mercado nacional.

En concreto, están obligadas a inscribirse todas aquellas que ponen envases en el mercado español, tanto un envasador con sede en España, como los importadores o adquirientes intracomunitarios, según recuerda el Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (SRAP).

Además, también están obligados los envasadores establecidos en otros estados miembros o en terceros países y que comercialicen productos en España, que deberán designar un representante autorizado.

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  • Inscripción en el registro como productor de productos (hasta el 29.03.2023): obligatorio para envasadores (envasado de productos para su puesta en el mercado). Excepto si: los productores introduzcan en el mercado envases de servicio y menos de 50.000 kg de envases comerciales (envase que, sin tener la consideración de doméstico, está destinado al uso y consumo propio del ejercicio de la actividad comercial, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de los mercados, así como del resto del sector servicios) e industriales (envase destinado al uso y consumo propio del ejercicio de la actividad económica de las industrias, explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o acuícolas, con exclusión de los envases que tengan la consideración de comerciales y domésticos), serán los fabricantes, importadores o adquirientes de estos envases, o las empresas de distribución de los envases de servicio, los obligados a la inscripción de manera única para todos ellos.
  • Constitución de SRAP (Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor) (antes del 31 de diciembre de 2023 comunicado, antes del 31 de diciembre de 2024 constituido). Establece la ampliación de las obligaciones de SRAP a los productores que pongan en el mercado envases comerciales e industriales.
    • Obligaciones de productores de envases comerciales e industriales: obligados a la financiación y a la organización de la gestión total de sus residuos, mediante sistema individual o colectivo.
2023-03-13T10:17:58+02:00 © AMBICAL, todos los derechos reservados. 13 marzo 2023|

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