El Consejo de Ministros ha aprobado en primera lectura el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, normativa concebida para producir una drástica reducción del desecho de alimentos sin consumir que acaba en la basura y fomentar un mejor aprovechamiento de los mismos.
Todos los elementos de la cadena, excepto las tiendas de menos de 1.300 metros cuadrados, estarán obligados a tener un plan específico. La ley impone también otras obligaciones, como la de que los establecimientos de hostelería tendrán que poner a disposición del cliente la comida no consumida para llevársela, si así lo solicita.
El desperdicio
Durante el año 2020, los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros y 250 euros anuales por persona.

Busca fomentar Productos ‘feos’ y fechas de consumo preferente
La ley regula, por otra parte regula, la donación a bancos de alimentos, estableciendo que solo podrán ser donados aquellos que estén dentro del periodo de consumo preferente, es decir, dentro del plazo en el que todas sus características están efectivamente vigentes.
Promover el consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos e incentiven la venta de productos con fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, según la jerarquía de prioridades de uso.
Las sanciones que trae la norma
En cuanto al régimen sancionador de la futura norma, se considerará falta grave no contar con un plan de prevención que estará sancionado con entre 2.001 y 60.000 euros. Una infracción leve, que estará sancionada con multas de hasta 2.000 euros, será, por ejemplo, no aplicar la jerarquía de prioridades o que las empresas de distribución al por menor y la hostelería y restauración no donen los productos no vendidos que sean aptos para el consumo humano a través de un pacto o convenio. Otra infracción leve será la negativa a colaborar con las administraciones para cuantificar los residuos de alimentos.
Finalmente, las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con entre 60.001 y 500.000 euros de multa, se considerará la segunda o ulterior falta grave que se cometa en un plazo de dos años.
En AMBICAL, aprovechando nuestra experiencia en la optimización de procesos en la industria alimentaria, podemos ayudarte a elaborar un plan especifico de mitigación del desperdicio con para que tu empresa aporte su “granito de arena” y cumpla con esta nueva legislación.