La Unión Europea aprueba su posición en relación a la propuesta legislativa sobre debida diligencia empresarial

Es una medida muy esperada desde su proyecto de propuesta el año pasado, el Parlamento de la Unión Europea aprobó el 1 de junio a la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD), que requerirá que las empresas de la UE y las que operan en la UE implementen una diligencia debida más estricta.

La CSDDD forma parte de una serie de leyes recientes de la UE destinadas a que las cadenas de suministro apliquen una mayor diligencia debida, como la regulación de la deforestación, la regulación de los minerales conflictivos y el proyecto de reglamento que prohíbe los productos elaborados con trabajo forzoso.

La directiva exigirá a las empresas que apliquen prácticas para mitigar las violaciones de los derechos humanos y los impactos ambientales negativos de sus operaciones. La CSDDD se alinea estrechamente con la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) que entró en vigor este año. La Comisión Europea dijo que los elementos centrales de esta directiva son “identificar, poner fin, prevenir, mitigar y dar cuenta de los impactos negativos sobre los derechos humanos y el medio ambiente en las propias operaciones de la empresa, sus filiales y sus cadenas de valor”, y agregó que algunas grandes empresas también tendrán que garantizar el alineamiento con las directrices del Acuerdo de París.

La Directiva abarcará en líneas generales:

  • Integrar la diligencia debida en las políticas y los sistemas de gestión
  • Identificación de riesgos y gestión de riesgos
  • Disponer de un mecanismo de reclamación
  • Supervisión de la eficacia de las medidas de diligencia debida
  • Generación de un informe anual en el que se tengan en cuenta los esfuerzos y los objetivos

Empresas sujetas a esta ley:

Las nuevas normas se aplicarán a las empresas con sede en la UE, de todos los sectores, incluido el financiero, con más de 250 empleados y una facturación superior a 40 millones de euros, así como a las matrices que tengan más de 500 empleados y una facturación global por encima de los 150 millones de euros. Las empresas no europeas con una facturación que rebase los 150 millones de euros, con al menos 40 millones generados en la UE, también quedará cubiertas.

Sanciones y supervisión

Las compañías que no respeten las reglas podrán enfrentar sanciones, que impondrán los supervisores nacionales. Estas podrán oscilar desde hacer pública la infracción, retirar sus productos del mercado a multas de al menos el 5% de su facturación global. Las empresas infractoras no europeas quedarán excluidas del mercado de contratación pública de la UE.

Las normas se aplicarán en el plazo de tres o cuatro años en función del tamaño y la facturación de las compañías. Las empresas más pequeñas podrán retrasar la aplicación un año más.

La posición que defenderá el Parlamento en las negociaciones con los Estados miembros salió adelante con 366 votos a favor, 225 en contra y 38 abstenciones.

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